Normatividad
Derechos Humanos y Laborales
A continuación se describen los derechos humanos laborales que están contemplados en los artículos 5° y 123° de la Constitución Mexicana y que CENDI se compromete a respetar y promover en todas sus prácticas institucionales.
• Derecho a acceder a los sistemas de salud y protección social en caso de enfermedad, accidentes o incapacidad. Es decir, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esto también incluye apoyo a la familia de la persona trabajadora en caso de que fallezca o quede incapacitada.
• Derecho a un empleo estable. Esto implica que las personas puedan permanecer en su trabajo y únicamente sean despedidas por causas justas o legales y que reciban una indemnización en caso de que esto suceda. También deben contar con un contrato que le ayude a conocer sus condiciones laborales.
• Derecho a que se respete su jornada laboral de máximo 8 horas con un día de descanso por cada 6 días trabajados y a un pago adicional por trabajar tiempo extra. También deben tener un período de descanso antes y después del parto y un período vacacional.
• Derecho a recibir capacitación que le ayude a escalar puestos dentro de su empleo y mejorar su sueldo.
• Derecho a condiciones de trabajo higiénicas y orientadas a prevenir accidentes. Los reglamentos de seguridad e higiene deben estar en un lugar visible.
• Derecho a unirse con otros trabajadores para luchar por sus intereses, a hacer huelgas para exigir mejores condiciones de trabajo y a presentar los conflictos con sus empleadores ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
• Derecho a recibir una remuneración económica que sea igual a la de compañeros que realizan las mismas labores, obtener un aguinaldo y cambiar su nómina de banco en el momento que decidan sin necesidad de avisar a su empresa para recibir su sueldo con una institución bancaria que ofrezca beneficios (como acceso más fácil a préstamos, seguros y ofertas exclusivas o beneficios para administrar las finanzas personales).